lunes, 30 de noviembre de 2009

Aminatou Haidar.


Multa de 200 euros a la activista saharaui Haidar por un delito contra el orden público.
El Gobierno ofrece a la pacifista quedarse en España .
CADENA SER /EUROPA PRESS 30-11-2009

Un juzgado de Lanzarote ha dictado una sentencia en la que condena a la activista saharaui Aminatou Haidar a pagar una multa de aproximadamente 200 euros como autora responsable de una falta por alterar el orden público la noche del pasado 15 de noviembre en el aeropuerto de Arrecife, en Lanzarote, día en que comenzó su huelga de hambre.
La magistrada condena a la defensora de los derechos humanos -que continúa su acto de protesta en el aeródromo de Guacimeta para exigir regresar a El Sahara Occidental- a la pena de multa de un mes, a razón de una cuota diaria de 6 euros, cantidad que deberá satisfacer en una sola vez, según la resolución dada a conocer hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Asimismo, en la sentencia se precisa que si la condenada no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, las multas impuestas, quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que, tratándose de faltas, podrá cumplirse mediante localización permanente. Además, impone a Haidar las costas procesales causadas.
Contra la presente sentencia podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación ante este Juzgado y del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial de Las Palmas. La jueza declara probado que durante la medianoche del pasado día 15 de noviembre de 2009, con ocasión del cierre operativo del aeropuerto de Lanzarote, se solicitó a Aminatou Haidar que abandonara las instalaciones, pero ésta se negó a ello.
El Gobierno le ofrece quedarse
Según Moratinos, el Gobierno ha intentado "de buena fe" desde el primer momento ayudar a la activista, en huelga de hambre en el aeropuerto de Lanzarote desde hace dos semanas para protestar por su expulsión, y ha "explorado todas las maneras e instrumentos" para lograr que ésta se haga con un documento de viaje y pueda regresar a El Aaiún con su familia como desea.
Así las cosas, según el jefe de la Diplomacia, "si su objetivo es viajar a El Aaiún", para lo que necesita un documento de viaje, "las opciones son las tres que el Gobierno le está ofreciendo": recuperar su pasaporte marroquí, darle asilo político en España o concederle la nacionalidad española.
Sin embargo, señala, Haidar "por unos momentos dice que lo que quiere es que le devuelvan el pasaporte sustraído, pero por otra parte dice que no quiere tener pasaporte marroquí". "Decimos que queremos darle un documento como refugiada política para poder viajar y dice que no quiere ser una refugiada política", añadió.
Por último, cuando el Gobierno español ha dado "un salto de buena fe y buena voluntad diciendo que le podemos otorgar la nacionalidad española para poderle dar un pasaporte español también lo rechaza", incidió el ministro, subrayando que en muchos países se puede tener "la doble nacionalidad" y recordando que los padres de la activista "tuvieron la nacionalidad española".



Subcomisión de Extranjería del CGAE: 'la prohibición de salida de Aminatou Haidar de España contraviene su derecho fundamental a la libertad de circulación'.
Abogados.es

25/11/2009. La Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española, tras contactar con los abogados que intervienen en la defensa de la reconocida defensora saharaui pro Derechos Humanos, Aminatou Haidar, afirman que:
1. Aminaotu Haidar viajó el pasado día 13 de noviembre de Gran Canaria a El Aaiún, lugar en el que nada más aterrizar el avión fue detenida durante más de 24 horas en el mismo aeropuerto y, después de retirarle el pasaporte, fue obligada contra su voluntad, a montarse en un avión que la trajo a Lanzarote el día 14 de noviembre.
2. La situación actual es que Aminatou Haidar se encuentra en España en contra de su voluntad, separada de su familia, sin domicilio, en las dependencias del aeropuerto de Lanzarote, donde lleva a cabo una huelga de hambre, con la intención de regresar a su país, hecho que le es impedido por el Gobierno español, por medio de la Policía Nacional del puesto fronterizo del Aeropuerto de Lanzarote, sin que exista ninguna causa explicitada que pudiera legalmente impedirle la salida de España de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento de la Ley de Extranjería.
3. A juicio de esta Subcomisión de Extranjería, independientemente de la concurrencia de alguno de los tipos penales del Título VI del Código Penal referido a los “Delitos contra la libertad”, la prohibición de salida de España impuesta por la “vía de hecho” contraviene el derecho fundamental de Haidar a la libertad de circulación, protegido expresamente por el párrafo segundo del artículo 19 en relación con el artículo 13.1 de la Constitución Española, que garantiza el derecho de toda persona española o extranjera a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho, según la legislación vigente, no puede ser limitado por motivos políticos o ideológicos.
4. Este derecho ha quedado consolidado por la reciente ratificación por España (BOE 13.10.2009) del Protocolo nº 4 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales del Consejo de Europa que en su artículo 2.2 contempla el derecho a la libertad de circulación, al señalar que “toda persona es libre de abandonar un país cualquiera, incluso el suyo”.
La Subcomisión de Extranjería concluye que se deberá adoptar por el ministro del Interior la inmediata autorización de su salida de España, para que se reponga de forma urgente la legalidad de la situación del derecho fundamental de Aminatou Haidar a la libertad de circulación en los términos contemplados en la Constitución Española y en los Tratados Internacionales válidamente ratificados por España.

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